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¿Cómo se tramita el alta de los servicios de luz y gas en un inmueble?

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Lo más común es que, llegada la hora de gestionar un cambio de domicilio, sean muchos los temas que se deben tratar de manera previa para poder disfrutar al completo de la vivienda desde el primer momento.

La realidad es que, uno de los asuntos que se deben tramitar cuando se produce este cambio de casa, es el de contratar los suministros básicos de la vivienda para contar con ellos activos desde el primer momento.

Dentro de estos suministros que se consideran básicos, encontramos el servicio de agua, el servicio de luz y el servicio de gas, no obstante, en este artículo, nos centraremos en los trámites que se deben realizar para dar de alta los servicios de luz y gas en una vivienda.

¿Qué debo hacer para dar de alta el gas en una vivienda?

Para solicitar dar de alta el gas natural, lo primero que se debe hacer es comprobar que la vivienda cuenta con acceso a la red general de distribución de gas, ya que la red de distribución no consigue llegar a todos los puntos de nuestro país.

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Una vez se comprueba que se tiene este acceso a la red, se deben reunir los siguientes documentos:

  • Documentación personal y datos de contacto de la persona que se vaya a registrar como titular del servicio de gas.
  • Dirección exacta de la vivienda en la que se pretende hacer el alta de gas.
  • El número o código numérico propio de la instalación, conocido comúnmente como código CUPS.
  • Para el cargo de los cobros asociados a este servicio, se debe aportar también un número de cuenta bancaria asociada al titular.

Además de reunir esta documentación, para tramitar el alta del servicio, se deberá realizar un estudio del mercado energético, en busca de la mejor tarifa de gas posible, teniendo en cuenta las demandas de gas que se presenten en la vivienda.

Una vez seleccionada la compañía con la que se quiere incluir el contrato y se ha seleccionado la tarifa en particular que mejor se adapta al consumo real, se le debe aportar a la compañía comercializadora de gas la documentación comentada.

Entonces, será cuando la empresa distribuidora del gas quien asigne la tarifa de acceso al servicio de gas más adecuada, seleccionando esta tarifa de acceso en base a estimaciones del consumo anual, pudiendo darse tres opciones distintas:

  • Tarifa de acceso RL. 1 Aplicada a consumos menores de 5000 kWh anuales.
  • Tarifa de acceso RL. 2 Aplicada a consumos que oscilan entre los 5000 y los 15000 kWh anuales.
  • Tarifa de acceso RL. 3 Aplicada a consumos que oscilan entre los 15000 y los 50000 kWh anuales.

Como norma general, se aplicará la tarifa RL. 1 para las instalaciones que solo demanden gas para el servicio de agua caliente, se aplicará la tarifa RL. 2 para instalaciones que demanden también el gas para otras aplicaciones como la cocina o la calefacción y se empleará la tarifa RL. 3 para inmuebles que presenten grandes demandas de gas.

Gestionar el alta del servicio de gas, tendrá un plazo de entre 5 y 7 días desde que se aprueba la solicitud de alta y traspasando el coste de dar de alta el gas en la primera factura del servicio; el precio que se debe pagar varía entre los 72 y los 235 euros, dependiendo de la tarifa de acceso al gas y de la comunidad autónoma donde se realice este alta.

¿Qué debo hacer para dar de alta la luz en una vivienda?

Para el caso de tener que dar de alta el servicio de luz, debemos reunir la siguiente documentación:

  • Documentación personal y datos de contacto de la persona que se vaya a registrar como titular del servicio de luz.
  • Dirección exacta de la vivienda en la que se pretende hacer el alta de luz.
  • Para el cargo de los cobros asociados a este servicio, se debe aportar también un número de cuenta bancaria asociada al titular.
  • El número o código numérico propio de la instalación, conocido comúnmente como código CUPS.
  • Como diferencia respecto al servicio de gas, al tramitar el contrato eléctrico, debemos aportar también la potencia eléctrica que se quiere contratar, para ello se debe analizar previamente las necesidades de potencia del inmueble, además, la potencia seleccionada debe ser inferior o igual a la máxima soportada por la instalación, esta información aparece en el boletín eléctrico de la instalación.

Cuando se ha podido reunir toda la información necesaria, será momento de analizar con detenimiento las distintas oportunidades que hay en el mercado eléctrico a la hora de dar de alta el servicio y seleccionar la que se considere como la mejor tarifa de luz en base a las necesidades energéticas.

Para analizar mejor las distintas ofertas del mercado, podremos utilizar un comparador de tarifas de luz como los presentes en internet.

Una vez se decide la empresa con la que se quiere trabajar y la oferta en particular que ofrece la compañía, se procederá a firmar el contrato, que posteriormente será revisado por la empresa encargada de la distribución eléctrica, cuando se ha verificado la información, se procede a dar de alta la luz en un plazo de entre cinco y siete días desde la aprobación.

Al igual que sucede con el gas, el alta de luz conlleva una serie de gastos asociados, que se abonarán en el primer recibo eléctrico, estos son:

  • Coste del derecho de extensión: Se pagarán 17,37 € x kW de potencia contratada, más el IVA.
  • Coste del derecho de acceso: Se pagarán 19,70 € x kW de potencia contratada, más el IVA.
  • Coste del derecho de enganche: Se pagarán 9,04 €.

El total resultante de la suma, supone el precio real de dar de alta el servicio de luz.

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