Cuando llega el momento de tener que gestionar un cambio de titularidad del servicio eléctrico en un inmueble, lo más común es que quien deba realizarlo, no sepa como ejecutar este procedimiento de la forma correcta.
Lo cierto, es que tramitar de manera correcta y en el plazo adecuado el cambio de titular de luz, podrá evitarnos sufrir problemas con el servicio eléctrico de la vivienda.
Por este motivo, en esta entrada, explicaremos como tramitar la gestión del cambio de titular del servicio eléctrico de una vivienda o local.
Veremos los pasos que se deben dar para proceder, los documentos que se deben aportar, las formas de contacto con las empresas correspondientes y los plazos que tarda en hacerse efectiva la gestión.
Tabla de contenidos
ToggleDocumentación necesaria y pasos a seguir para el trámite
La persona que vaya a figurar como titular tras realizar el cambio, en primer lugar, deberá contactar con la compañía encargada del suministro eléctrico y entregar los siguientes documentos:
- Documentación personal y datos de contacto.
- Número de cuenta bancaria asociada a la persona, en la que se efectuarán los cargos de las facturas.
- Documentación de la persona que figure como titular hasta el momento del cambio.
- Documento que verifique el cambio de propiedad del inmueble, como el contrato de compraventa.
- Código numérico que acompaña a la instalación, denominado código CUPS.
- La tarifa que se pretende contratar para la vivienda en el momento del cambio de titular.
- La potencia eléctrica de la que se desea disponer en la instalación.
¡Suscríbete al blog y recibe lo último en tu correo!
Una vez se reúnen y entregan esta serie de documentos, la compañía comercializadora de la energía comprobará la información aportada, cuando finalice la comprobación, se hará efectivo el cambio de titularidad.
No obstante, este cambio no se efectúa con carácter inmediato, sino que puede oscilar en hacerse efectivo entre uno y siete días desde que la empresa aprueba la solicitud.
El tramitar un cambio de titular del servicio eléctrico, no supone ningún coste para los usuarios, puesto que se trata de una gestión gratuita.
¿Cómo contactar con la compañía eléctrica?
Una vez se inicia el trámite, se debe contactar con la compañía eléctrica encargada del suministro eléctrico, para ello, podremos establecer el contacto a través de tres vías de comunicación distintas, que variarán en función de la empresa con la que se tenga contratado el servicio. Estas vías son:
- Hacer el trámite presencialmente, acudiendo a alguna de las oficinas de la compañía.
- Realizar el cambio de titular a través de una llamada telefónica a los teléfonos habilitados por la compañía.
- Tramitar este cambio de titular por medio de internet.
¿Cuáles son los casos en los que se debe cambiar el titular obligatoriamente?
Generalmente, el cambio de titular del servicio eléctrico se asocia con un cambio de domicilio, pues es uno de los motivos más comunes que se dan para cambiar el titular de la luz, no obstante, existen determinadas circunstancias que obligan a tramitar este cambio. Estas situaciones son:
- Cuando se da el caso de que la vivienda es objeto de compraventa, por lo que, al cambiar la propiedad de la vivienda, también se deben cambiar los titulares de los servicios.
- Cuando se da el caso de que la persona que responde como titular del servicio, fallece, en estos casos, será un familiar cercano quien debe hacer efectivo el cambio de titular, pudiendo cancelar el suministro una vez cambiado.
- Cuando se da el caso de que, una persona alquila un inmueble y pretende cambiar las condiciones contractuales con las que cuenta, en estos casos se debe hacer entrega del contrato de alquiler.
- Cuando se da el caso de que existan dos titulares, a su vez cónyuges, que se divorcian, en estos casos si alguno permanece en el domicilio habitual, deberá encargarse de hacerlo.